Catastro de Ensenada 1753. IV: Ingresos, gastos y cargas del Concejo

 

Aquí se repasa la relación prolija de bienes municipales, los gastos y pagos, personal dependiente del Ayuntamiento.

 




  PROPIOS DE JERTE

 

En la vigésimo tercera pregunta del cuestionario se detallan los terrenos propios del ayuntamiento jerteño en 1753. Algunos datos aparecen en otras preguntas. Completando la información tenemos que pertenecían al común:

  

-   Coto de castañar reboldano (Castañar Mayor o Reboldo). 200 fanegas. “30 de primera calidad, 50 de segunda y 120 de tercera”. Producirá hasta 3000 reales vellón, de “cuio valor solo se deveria vajar para el liquido lo que se paga de rediezmo

  

-   Dehesa Boyal. 500 fanegas: “300 de pasto y monte de roble de tercera calidad y las 200 fanegas restantes de espesuras y malezas en la misma forma inútil por naturaleza”. Produce anualmente sobre 300 reales que se exigen de aquellos vecinos que entran sus ganados en ella. El pago no tiene una cuantía determinada por el número de cabezas, “sino es regulada arbitrariamente y con atención a lo que cada uno disfruta

  

-   Ejido Común de pastos para el ganado. 50 fanegas: “40 de pastos y monte de roble, inclusas dos fanegas de castaños bravíos todos de tercera calidad y las 10 fanegas restantes de matorral y pedregales inútil por naturaleza”. Tiene el mismo sistema de uso que la Dehesa Boyal, y no le consideran ninguna utilidad aparte de los 200 reales de dicha dehesa, porque en esa cantidad se entiende el beneficio de ambos terrenos, “que como no se haze arrendamiento de una ni de otra, corre unido el manejo de su aprovechamiento”.

 

-   Baldíos comunes a la ciudad y tierra de Plasencia.

 

En teoría la rentabilidad de estos terrenos es muy escasa debido a que “las tierras de pasto y monte producen de utilidad a los propios de esta villa hasta 900 reales de vellón, regulados unos años con otros", ya que “la mayor parte se disfruta por la comunidad que tiene en los pastos la ciudad y tierra de Plasencia”.

 

También disponía de otros ingresos o bienes:

  

  • -  El aprovechamiento que tiene esta villa en los nogales [1] y algunos castaños engertos que son comunes que se hallan dispersos (y son comunes) indistintamente en varias partes del término acotado y fuera deel ascendera a 120 reales, según los arrendamientos que se hacen”. 
    [1] El beneficio del fruto de los nogales estaba cedido por el concejo a una cofradía de Jerte, para el culto, a la que pertenecía la mayoría de los vecinos.

  

  • -   La regalía en el peso por mayor no produce ninguna renta, porque la persona que lo administra tiene la obligación de tocar las campanas a rogativa en tiempo de tormentas, tanto de día como de noche.

  

  • -   Tampoco producen las de peso y medidas por menor. Se nombran dos fieles cada año y las disfrutan ellos, aunque son de corta cuantía y “se considera como carga concegil en lugar de aprovechamiento”

  

-   Las casas de Ayuntamiento que son también las de “Alhóndiga y se hallan incorporadas en una las casas de Carnecería Carzel publica Casa de las Plazas para festejos públicos y otra casa en que esta la fragua de Herrería que ninguna de todas estas tiene vivienda para morador ni producen utilidad


  •     Tampoco produce nada la casa hospital para pobres viandantes, que además de no tener renta ni donación, hay que hacer en ellas “las obras y reparos necesarios”

  

  •         Ingresos de Penas de Cámara Concejiles y de Ordenanza. Sobre 130 reales de los que hay que rebajar el precio que se paga al Rey por el encabezamiento que esta villa tiene hecho.

  •     Aprovechamiento del corte de madera que se hace en el Castañar reboldano “con destinación solamente para que los propios vecinos redifiquen o fabriquen de nuevo alguna casa, y por ser corto el estipendio que pagan por cada árbol solo regulan que este producto ascenderá a 100 reales vellón a el año”.

  

  •      Aprovechamiento de la limosna voluntaria con que contribuyen los fieles para Ayuda a la manutención del Hospital de San Antonio Abad de la ciudad de Salamanca, que serán unos 80 reales, de los que se descuentan lo que se paga a ese hospital.

 

  •    Administración o arrendamiento del derecho de alcabala del viento [2] según costumbre antigua, que “se reduce a cobrar tres por ciento en lo vendible por forasteros”, ascendiendo un año con otro a 700 reales de vellón.

 [2] Al dar cantidades precisas podemos concluir que la venta anual que hacían los forasteros en Jerte era aproximadamente de 23.300 reales.


  •    El ramo de Abacería pública produce 240 reales al año.

  

  •  La Taberna pública renta 150 reales.

  

  •    El ramo de Carnicería “en el presente no produce utilidad alguna porque de tres años a esta parte se ha experimentado así tanto administrándose por cuenta de la villa como arrendándose a particulares según lo está de presente sin derechos algunos”.

 

  •  Suele ponerse en Abasto público el ramo de tocino fresco por la temporada regular, y si se arrienda suele ser por 30 reales.

 

  •    Se perciben 8 reales en cada cabeza de ganado de cerda que se mata, siendo de 6 arrobas en adelante, y si no llega a este peso se pagan 4 reales. Por este concepto se recaudan sobre 2.400 reales de vellón[3].

 [3] Este dato nos permite inferir que cada año se mataban en el pueblo al menos 300 cochinos de más de 6 arrobas cada uno o 600 cochinos de menos de ese peso. Es decir, la cifra de sacrificios de cerdos anuales podría estar en torno a los 400 cochinos en el pueblo.

  

  •    Derecho del seis y medio por ciento que se cobra por el de las alcabalas de los diezmeros de este dezmatorio, que ascenderá a unos 800 reales.

 

  

OBLIGACIONES Y CARGAS DEL AYUNTAMIENTO Y VECINOS.

 

Veamos los gastos que el Ayuntamiento tenía que satisfacer, tanto laicas como eclesiásticas, a costa de sus vecinos.

 

Por salarios fijos:

  

-       -    117 reales y 25 maravedís a cada uno de los alcaldes ordinarios y dos regidores.
  
    -   109 reales al Procurador Síndico.
  
    -   265 al escribano del ayuntamiento.
  
    -   736 reales y medio al escribano del número y de todas las rentas reales.

  

-   Fiestas: aunque no tiene dotación fija para la festividad del Hábeas ni de Nuestra Señora de la Asunción como patrona titular de esta villa se hacen a expensas del Común.

 

-   Otras festividades:

 

  •    Jubileo Circular de las 40 horas (al Santísimo Sacramento del Altar), con todos los gastos de esta función ascenderán a 318 reales al año.

 

  •    Santa María Magdalena, cuatro funciones votivas cada año, y se gastan sobre 162 reales.

  •  Al predicador “quadragesimal”, 70 reales.

  

  •   La escritura de obligación que se hace a favor de la Bula de la Santa Cruzada, 12 reales.

  

Otros gastos.


  •  22 reales a cada uno de los dos administradores que nombra la villa para el beneficio y colección de las especies sujetas a millones.

 

  • 70 reales a cada uno de los tres administradores nombrados para el celo, cuenta y razón de las ventas que se celebran anexos a la alcabala ordinaria y cientos.

 

  • 450 al maestro de primeras letras. Este salario se varía cada año según el ajuste que se hace con él.


  • 55 al pregonero público.


  • 120 a la Hermandad de la Mesta que corresponde a la prorrata de 360 que se satisfacen por una vez cada tres años.
 
  •   28 reales a la Mestilla.

 

  •    Por gastos y reparos que se hacen en la Casa Hospital de Pobres, Hermita de la Magdalena, Carzel, Fragua y Casa de Festejos públicos”, 20 reales, “solo para algunos jornales”, porque el costo de los materiales, siendo de común de poca consideración se dan de limosna.

 

  •  Por gastos ordinarios y extraordinarios, pagados al criado de Alonso Beato, como escribano de Comisiones, veredas y propios, además de “por el papel sellado y otras menudencias”, sobre 1.100 reales.

 

  •   22 reales a la Casa Hospital de Locos de Valladolid.

 

  •    55 al Hospital de San Antonio Abad de la ciudad de Salamanca.

 

  •   La limosna a los Santos Lugares de Jerusalén asciende a 8 reales, para redención de cautivos, cristianos nuevos, sacerdotes y otros eclesiásticos pobres que transitan por esta villa pidiendo limosna.

  •  Hasta 50 reales a los que “cazan lovos.

 

  • Por el sueldo que se paga al sargento de Milicias de la Dotación de esta villa, 42 reales. Y por el vestuario y armamento correspondiente a 7 soldados de milicias del país, que tiene esta villa en dotación, sobre 150 reales, en la prorrata del tiempo que se acostumbra a hacer la renovación con los reparos comunes, reemplazo de medias y zapatos.

  • Por la razón de utensilios, camas y paja, repartidas en tiempo, alcanzan los 450 reales.

 

  • El gasto de empedrados, fuentes, puentes y reparos de caminos se hacen a costa del vecindario, cuyo trabajo ejecutan personalmente, a excepción de los jornales de maestros y materiales, de los que no se pone nada porque “ha bastante tiempo que no hay reparo mayor”.

  •  Censo redimible que paga al convento y religiosas de Nuestra Señora de la Encarnación de Plasencia, orden de Santo Domingo, que a razón del 3% son 500 reales al año. Este censo “se impuso sobre haciendas de diferentes vecinos particulares y su capital se aplicó a la compra de la Jurisdicción de esta villa para eximirla de la de la citada Ciudad de Plasencia. El dinero que se pagaba, aunque sin “facultad real”, se “halla en práctica de tiempo inmemorial a esta parte repartir y cobrar del vecindario anualmente los dichos 500 reales vellón y recoger recibo del expresado convento”.
 
  • Quinquenio y media anata, que se paga “a S.M. que Dios guarde”, cada 15 años. Asciende a 733 reales. A cada año le corresponde 48 reales y 1 maravedí, los mismos que corresponden a la prorrata.

 

  • Para el fondo de penas de cámara, esta villa se halla encabezada en 20 reales anuales.

  •  Del Servicio Ordinario y Extraordinario pagan a S.M. 1676 reales y 16 mrs. Que “las recibe en su nombre D. Bernardo de Buendía, Administrador de rentas Provinciales de la Ciudad y Partido de Plasencia, con mas el 6 % asignado por Cobranzas y Conducción”.

  •  Las alcabalas, tercias reales y tercero medio por ciento antiguo están enajenadas de la corona y las recibe la Duquesa del Infantado. Esta Duquesa percibe 3.643 reales y 3 mrs. Por las alcabalas y tercer medio por ciento, pero no saben a cuanto ascenderán las tercias reales que perciba. A esta cantidad hay que añadir los 2.588 reales y 8 mrs que recibe el rey de su criado fijo. Por lo que el total gastado en ambos conceptos es de 6.234 reales y 11 mrs.  Que es la cantidad por la que esta villa está encabezada en esta fecha.

  •  Existen algunas cargas de enajenación de cargos municipales (escribanía del número, correduría de cargas y mojonero del término...) que pertenecen a la familia Beato, por facultad real y servicio que hicieron de ciertas cantidades de dinero. Por estos conceptos reciben sobre 400 reales al año cada uno de los dos hermanos.

 

Otras cargas que afectaban a toda la población, aunque no eran específicas del Ayuntamiento, son los diezmos eclesiásticos, que aunque se han descrito en otro apartado anterior conviene recordar aquí:

De todos los frutos que se cogen y ganados que se crían (a excepción de las legumbres) se paga el diezmo común de diez en uno y de cinco en medio, y lo mismo del rediezmo que se reduce a castañas reboldas, higos, rentas de casas, molinos y pollos que se paga a la dignidad episcopal de Plasencia, con la advertencia de que por el fruto de castañar reboldo propio de esta villa que no se coge, se pagan a la misma dignidad trescientos reales vellón en cada un año y el referido diezmo común del cabildo de aquella santa Iglesia”.

 

 Del valor de los diezmos, calculados unos años con otros tenemos:

 

-   Vino...  1.000 cántaros o arrobas

 

-   Aceite...      8 cántaros o arrobas

 

-   Cebada...      6 fanegas

 

-   Centeno...      5 fanegas

 

-   Frutas...      70 arrobas

 

-   Lino...      5 arrobas

 

-   Becerros...      20 cabezas

 

-   Chivos...      25 cabezas

 

-   Ganado de cerda...    5 cabezas

 

-   Miel, cera y enjambres  ¿?

 

-   15 mozos que sirven a soldada, a 15 reales cada uno, según costumbre de la "diezmería".

 

 Considerando el valor regular por los arrendamientos que de esta clase de diezmo se han hecho tienen entendido asciende a 8.000 reales de vellón al año”.

  

A éstos hay que añadir, “segregando del antecedente”...

  

-   Diezmo mayor de castaña injerta por unas 800 fanegas y su valor en arrendamiento será de 4.500 reales al año.

  

-   Rediezmo cargado en las castañas reboldas del Baldío Común, rentas de casas, molinos, higos y pollos, no se diezma en la especie, sino que está convenido con el obispado su pago en dinero.

  

-   El fruto de castaña de castañares que tienen vecinos de Tornavacas en el término de Jerte, no diezman en nuestro pueblo, y por tanto no saben a cuánto ascenderá, pero piensan que serán sobre 100 fanegas, y su arrendamiento podría ser de 500 reales al año.

 

También se anota que se paga “al colegio seminario de dicha ciudad de Plasencia por el préstamo” aunque no especifica cantidad. En el mismo apartado se apunta de la misma forma que se paga a la fábrica de la parroquia, y al cura propio de ella (de Jerte)

 

Por último se dice: “se paga últimamente por el voto General de España hecho al Apóstol Santiago Patrono de ella en cada siete fanegas de grano una cuartilla nada más aunque exceda y cuando no llega no se paga cosa alguna, cuyo derecho toca a la Santa Iglesia de la ciudad de Compostela, reino de Galicia”.

 

Cargas no faltaban.

 

 

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